Resumen | |
[J] | Real Decreto 945/2017, de 27 de octubre, por el que se dispone, en virtud de las medidas autorizadas con fecha 27 de octubre de 2017 por el Pleno del Senado respecto de la Generalitat de Cataluña en aplicación del artículo 155 de la Constitución, la adopción de diversas medidas respecto de la organización de la Generalitat de Cataluña, y el cese de distintos altos cargos de la Generalitat de Cataluña. La supresión de DIPLOCAT no carece de motivación ni es desproporcionada. El Gobierno es competente para acordarla.(publicado en Actualidad Diaria 4028 el 4 de julio de 2019) |
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El Ayuntamiento de Barcelona impugna en este recurso las siguientes actuaciones administrativas: A) el apartado quinto del artículo único del Real Decreto 945/2017, publicado en el Boletín Oficial del Estado del 28 de octubre de 2017, dispone, en virtud de las medidas autorizadas con fecha 27 de octubre de 2017 por el Pleno del Senado respecto de la Generalitat de Cataluña en aplicación del artículo 155 de la Constitución , la adopción de diversas medidas respecto de la organización de la Generalitat de Cataluña, y el cese de distintos altos cargos de la Generalitat de Cataluña. El apartado quinto del artículo único, en particular, establece: "Quinto. Supresión del Patronato Cataluña Món-Consejo de Diplomacia Pública de Cataluña (DIPLOCAT). Patronat Catalunya Món - Consell de Diplomàcia Pública de Catalunya (PCM - DIPLOCAT). Se suprime el Patronato Cataluña Món-Consejo de Diplomacia Pública de Cataluña (DIPLOCAT), previsto en el Decreto de la Generalitat de Cataluña 149/2012, de 20 de noviembre, de modificación de los Estatutos y de la denominación del Patronato Catalunya Món, que se convierte en Patronat Catalunya Món-Consell de Diplomàcia Pública de Catalunya (PCM- DIPLOCAT)". B) el acuerdo del Consejo de Ministros hecho público por la Orden AEC/1229/2017, (Boletín Oficial del Estado del 16 de diciembre de 2017), dispone la liquidación del Patronat Cataluña Món-Consejo de Diplomacia Pública de Cataluña (DIPLOCAT) y constituye un órgano liquidador para este cometido. C) La Instrucción Conjunta de 5 de diciembre de 2017, del titular del Departamento de Gobernación, Administraciones Publicas y Vivienda (por sustitución, el Ministro de Hacienda y Funcion Pública) y del titular del Departamento de Asuntos y Relaciones lnstitucionales, lnternacionales y Transparencia (por sustitución el Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperacion), por la que se dictan instrucciones en el ámbito de las competencias y funciones en materia funcion pública y asuntos exteriores de la Secretaría de Administración y Función Pública del Departamento de Gobernación, Administraciones Públicas y Vivienda y de la Secretaría General del departamento de Asuntos y Relaciones lnstitucionales y Exteriores y Transparencia , al amparo del Real Decreto 94412017, de 27 de octubre, por el que se designa a órganos y autoridades encargados de dar cumplimiento a las medidas dirigidas al Gobierno y a la Administracion de la Generalitat de Cataluña, autorizadas por acuerdo del Pleno del Senado, de 27 de octubre de 2017, por el que;se aprueban las medidas requeridas por el Gobierno, al amparo del artículo 155 de la Constitución , y en relación con la extinción y liquidación de la entidad Patronato Cataluña Mon-Consejo de Diplomacia Pública de Catalunya (DlPLocAT) - Patronat catalunya Món - consell de Diplomàcia Pública de Catalunya (PCM-DIPLOCAT) y de las Delegaciones del Gobierno de Generalitat de Cataluña en distintos países. El Supremo desestima el recurso. | |
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